Confirmado un recargo del 30 % a una constructora por un accidente laboral causado por un hueco sin proteger

Confirmado un recargo del 30 % a una constructora por un accidente laboral causado por un hueco sin proteger

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el recargo del 30 % sobre las prestaciones de Seguridad Social derivadas de un accidente de trabajo, al considerar acreditado que la empresa incumplió las medidas de seguridad exigibles en una obra.

El accidente se produjo cuando un trabajador, al finalizar su jornada y mientras descendía por una escalera transportando herramientas, perdió el equilibrio y cayó por un hueco existente entre los peldaños y la tabiquería.

En el lugar existía un vacío de aproximadamente 52 centímetros de altura sin barandilla, protección material ni señalización específica que advirtiera del riesgo de caída.

La empresa alegó que el accidente podía deberse a un caso fortuito o a un mal apoyo del trabajador y defendió que la obra contaba con medidas generales de protección.

Sin embargo, la Sala considera que el riesgo se encontraba precisamente en el punto concreto donde se produjo el accidente y que la ausencia de protección y señalización constituía un incumplimiento de las obligaciones preventivas.

Además, el Tribunal recuerda que la obligación empresarial de garantizar una protección eficaz no desaparece porque el trabajador tenga experiencia o conozca el lugar de trabajo. En este caso, el hecho de que el trabajador hubiera participado en la construcción de la propia escalera no neutralizaba el riesgo evidente existente.

La sentencia destaca también que las medidas preventivas deben contemplar incluso las distracciones o imprudencias no temerarias que pueda cometer una persona trabajadora, de acuerdo con la normativa de prevención de riesgos laborales.

Por ello, la Sala aprecia un nexo causal entre la falta de medidas de seguridad y el accidente y confirma íntegramente el recargo del 30 % sobre las prestaciones derivadas del accidente de trabajo.

 Clave de la sentencia: la empresa debe identificar y proteger los riesgos existentes en el puesto de trabajo mediante medidas adecuadas de prevención y protección. La experiencia del trabajador o una posible distracción no eliminan la responsabilidad empresarial cuando existe un riesgo evidente que no ha sido correctamente protegido.

Además: el Tribunal impone a la empresa las costas del recurso, fijadas en 800 euros por los honorarios de la representación letrada de la parte recurrida.

Si ha sufrido un accidente laboral y existen dudas sobre el cumplimiento de las medidas de prevención o sobre el derecho a un recargo de prestaciones, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho para recibir asesoramiento jurídico especializado. 

Si necesitas un abogado especializado en derecho laboral en Badajoz o más particularmente un abogado laboralista en Badajoz, puedes contactar con nosotros en el número 924 09 78 03 o 652 335 400.

Contáctanos hoy para una consulta gratuita

¿Tienes dudas sobre tu situación laboral? En Tapia y López Abogados ofrecemos una primera consulta gratuita para analizar tu caso y asesorarte sobre los pasos que puedes seguir. No dejes que tus derechos sean ignorados ni que la incertidumbre te gane. Contáctanos hoy mismo y da el primer paso hacia la solución de tu problema laboral.