El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley que introduce cambios en la regulación de la jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas, con el objetivo de facilitar el acceso a esta modalidad de jubilación de forma estable y permanente.
La jubilación parcial anticipada permite que los trabajadores reduzcan su jornada laboral antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación, compatibilizando el salario correspondiente al tiempo trabajado con el cobro de una parte de la pensión.
Para acceder a esta modalidad deben cumplirse, entre otros, determinados requisitos, como acreditar un periodo mínimo de cotización, contar con una antigüedad suficiente en la Administración y reducir la jornada dentro de los porcentajes establecidos por la normativa.
La reforma responde a las dificultades que surgieron tras los cambios introducidos en 2025, cuando se exigió que la jubilación parcial estuviera vinculada, de forma simultánea, a la contratación de un trabajador relevista con carácter indefinido y a jornada completa. En el ámbito de las Administraciones Públicas, esta exigencia resultaba especialmente compleja debido a que el acceso al empleo público debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad y está condicionado por la planificación de las ofertas de empleo público.
Con la nueva regulación se flexibiliza este requisito. Las Administraciones podrán planificar las contrataciones de relevistas a través de las ofertas de empleo público y, cuando no sea posible incorporar de forma inmediata a un trabajador fijo, se permitirá recurrir temporalmente a un contrato de sustitución hasta que pueda formalizarse el contrato de relevo definitivo.
Asimismo, la norma establece un régimen transitorio hasta el 1 de abril de 2027 para facilitar la adaptación progresiva de las distintas Administraciones al nuevo sistema.
Además de estas modificaciones, el Real Decreto-Ley prevé la revisión de la indemnización por residencia del personal del sector público estatal destinado en las islas Baleares, con el compromiso de actualizar sus cuantías sin que ello suponga una reducción de las actualmente percibidas.
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